PUBLICIDAD COMPARATIVA
El art. 6 bis de la Ley General de Publicidad (LGP) dice que:
“A los efectos de esta Ley, será publicidad comparativa la que aluda explícita o implícitamente a un competidor o a los bienes o servicios ofrecidos por él”.
Es aquella en la que el anunciante compara sus productos o servicios con los de uno o varios de sus competidores, identificados o inequívocamente identificables, con la finalidad de destacar las ventajas de los propios productos o servicios frente a los de aquéllos.
La comparación puede ser sobre un atributo o sobre una marca en su totalidad.
A los requisitos que debe respetar la publicidad comparativa se refiere el propio art. 6 bis LGP al que antes aludíamos. Nos dice que:
La comparación estará permitida si cumple los siguientes requisitos:
- – Los bienes o servicios comparados habrán de tener la misma finalidad o satisfacer las mismas necesidades.
- – La comparación se realizará de modo objetivo entre una o más características esenciales, pertinentes, verificables y representativas de los bienes o servicios, entre las cuales podrá incluirse el precio.
- – En el supuesto de productos amparados por una denominación de origen o indicación geográfica, denominación específica o especialidad tradicional garantizada, la comparación sólo podrá efectuarse con otros productos de la misma denominación.
- – No podrán presentarse bienes o servicios como imitaciones o réplicas de otros a los que se aplique una marca o nombre comercial protegido.
- – Si la comparación hace referencia a una oferta especial se indicará su fecha de inicio, si no hubiera comenzado aún, y la de su terminación.
- – No podrá sacarse una ventaja indebida de la reputación de una marca, nombre comercial u otro signo distintivo de algún competidor, ni de las denominaciones de origen o indicaciones geográficas, denominaciones específicas o especialidades tradicionales garantizadas que amparen productos competidores. Tampoco podrá sacarse una ventaja indebida, en su caso, del método de producción ecológica de los productos competidores.
http://www.educadictos.com/la-publicidad-comparativa/
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